Invenciones Laborales

El derecho de los inventores sobre sus invenciones puede ser un asunto complejo que, cuando no se gestiona adecuadamente, puede poner en peligro los derechos de propiedad industrial e intelectual. El Departamento Legal y de Litigios de ABG ofrece a sus clientes asesoramiento y orientación adecuados en esta materia.

De acuerdo con la legislación española en materia de patentes, el derecho afecto a una invención es, inicialmente, propiedad del inventor o de los inventores, a excepción de aquellas invenciones que surjan en el marco de una relación laboral entre el empleador y el inventor/empleado.

En determinadas circunstancias, los inventores cuyo trabajo haya dado lugar a una invención patentable tendrán derecho a una indemnización monetaria por su empleador. A priori y por norma general, el inventor/empleado no puede renunciar a dicho derecho en el contrato de trabajo. En virtud de la legislación española en materia de invenciones laborales, los derechos morales del empleado también son irrenunciables.

Cuestiones clave en las invenciones laborales

Sin embargo, hay aspectos clave que no están contemplados en la ley y que son esenciales para que el empresario haga valer su derecho a proteger la invención notificada a través del sistema de patentes. Entre ellos estarían, por ejemplo, cuestiones relacionadas tanto con la divulgación de la invención como con sus plazos, su contenido o los efectos del incumplimiento, entre otros.

En el campo de las invenciones laborales, en ABG asesoramos a nuestros clientes para que:

  • obtengan pruebas fehacientes sobre la titularidad de los empleadores con respecto a invenciones desarrolladas por sus empleados;
  • establezcan procedimientos internos claros en los que se describa cómo debe realizarse la divulgación de una invención y las consecuencias de incumplirlos;
  • evalúen cómo debe calcularse la indemnización económica cuando el inventor/empleado tenga derecho a ella;
  • reclamen ante los tribunales su derecho de titularidad sobre aquellas invenciones generadas en el marco de una relación laboral, pero cuyos empleados soliciten después de que termine dicha relación.

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